Crédito Ordinario

Servicio del Crédito


Son Créditos Ordinarios aquellos cuya cuantía no supera las dos (2) o tres (3) veces el valor de los aportes y ahorros del asociado, según el porcentaje de ahorro mensual del mismo, estos créditos son de libre destinación a una tasa de interés del 1.7%, para los asociados que no requieran garantía sobre el crédito, la tasa es preferencia del 1.6%.

Dichos créditos serán aprobados por el Comité de Crédito, cuando el monto sea superior a los diez (10) salarios mínimos legales vigentes, también deben contar con la aprobación por parte de la Junta Directiva, el tiempo máximo de amortización es a 36 meses para los asociados que tengan contratación directa por las empresas y de 24 meses para los asociados que tengan contratación a través de una empresa temporal.

Requisitos


1. Diligenciar completamente la solicitud de crédito con firma del deudor y de los deudores solidarios en caso de requerirlo, o cuando el respaldo sea a través de pignoración de cesantías, certificado actual del fondo de cesantías, donde se especifique el valor de las mismas

2. Tener el cupo por el valor del crédito

3. Tener respaldo del crédito, a través de deudores solidarios o de pignoración de cesantías

4. No exceder el 50% de descuentos mensuales, incluidos todos los factores de deducción

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